A- de 2025
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
✓Demandante Turbay Turbay David·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad del Auto 1472 de 2025 y en subsidio interposición de recurso de súplica.
Con el proveído de la referencia se rechazó la nulidad impetrada frente a la decisión de no seleccionar para revisión un expediente de tutela.
En la petición de nulidad actual, el memorialista argumentó que se incurrió en un error conceptual al confundir la naturaleza discrecional de la competencia de seleccionar tutelas para revisión, con la presunta arbitrariedad que se comete al seleccionarlas sin motivación.
Además, indicó que el auto en mención invirtió indebidamente la carga de la prueba, ya que negó la solicitud de nulidad por incumplimiento de la carga argumentativa, a pesar de que dicha solicitud se sustentó en la ausencia de motivación de la providencia proferida por la Sala de Selección el 29 de julio de 2025.
Concluyó la Corte que la pretensión analizada resulta improcedente, porque pretende controvertir de manera reitera una decisión proferida por la Sala Plena de la Corporación, por lo que, estudiar su contenido llevaría a desconocer los principios de seguridad jurídica, certeza y cosa juzgada.
Con base en las anteriores consideraciones se RECHAZÓ la solicitud de nulidad impetrada.
Frente a la petición subsidiaria se llegó a la misma conclusión y decisión, en la medida en que en el resolutivo tercero del Auto 1472 mencionado se estableció que contra dicha providencia no procedía recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de nulidad del señor David Turbay Turbay presentada contra el Auto 1472 de 2025, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. RECHAZAR el recurso de súplica del señor David Turbay Turbay contra el Auto 1472 de 2025, por las razones expuestas en esta providencia.
- TERCERO. AUTORIZAR que, en caso de volver a presentarse en el futuro escritos con un contenido equivalente o reiterativo al examinado, los magistrados ponentes podrán disponer su rechazo inmediato, citando para el efecto lo dispuesto en el artículo 106 del Acuerdo 01 de 2025.
- CUARTO. ORDENAR que, por medio de la Secretaría General de la Corte, se notifique la decisión adoptada en esta providencia al solicitante, indicando que contra la misma no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.